
Robo en Campo Quijano: le roban la moto a un trabajador dentro de la fábrica Borax
Ocurrió en la fábrica Borax Argentina, ubicada en Campo Quijano durante el turno nocturno. Se realizaron las denuncias correspondientes.
La Justicia elevó a juicio el homicidio de María José Cabrera, pero con una carátula leve, ignorando que el crimen encaja en un homicidio agravado por alevosía, que implica prisión perpetua.
Campo Quijano17 de febrero de 2025El homicidio de María José Cabrera, ocurrido en diciembre de 2023 en Campo Quijano, finalmente será llevado a juicio. Sin embargo, la calificación legal del delito genera cuestionamientos, ya que la fiscalía lo encuadró como homicidio simple, dejando de lado elementos que podrían haber configurado un homicidio agravado por alevosía, un delito mucho más grave según el Código Penal Argentino.
El fiscal penal Leandro Flores, de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, solicitó la elevación a juicio ante el Juzgado de Garantías 7 del distrito Centro, pidiendo que Federico Javier López sea juzgado como autor del delito de homicidio simple, mientras que su hermano, Ramiro Nicolás López, enfrente el proceso como partícipe secundario. Ambos permanecen detenidos con prisión preventiva.
El hecho ocurrió el 3 de diciembre de 2023, cuando, tras una discusión a la salida de un boliche en Campo Quijano, María José Cabrera fue atropellada por un automóvil conducido por Ramiro Nicolás López, quien, con la ayuda de su hermano, se dio a la fuga, dejándola gravemente herida en la vía pública. La víctima fue trasladada al Hospital San Bernardo, donde falleció el 20 de diciembre debido a un shock séptico secundario a politraumatismos.
A pesar de los elementos reunidos en la investigación, la fiscalía optó por imputar el caso como homicidio simple (artículo 79 del Código Penal), cuyo castigo prevé una pena de 8 a 25 años de prisión. Sin embargo, el accionar de los acusados encuadraría dentro de un homicidio agravado por alevosía, una figura contemplada en el artículo 80, inciso 2 del Código Penal, que se castiga con prisión perpetua.
El agravante de alevosía se configura cuando el crimen se comete "asegurando su ejecución sin riesgo para el autor", es decir, cuando la víctima se encuentra indefensa o sin posibilidad de reacción. En este caso, María José Cabrera no tenía ninguna oportunidad de evitar el ataque, ya que fue embestida intencionalmente por el vehículo. La posterior fuga de los acusados solo refuerza la premeditación del hecho y el desprecio absoluto por la vida de la víctima.
A pesar de estos elementos, la Justicia optó por la calificación más leve, minimizando la gravedad del crimen. Este tipo de decisiones no solo afectan la posibilidad de obtener una pena acorde al delito, sino que envían un mensaje peligroso sobre la impunidad en casos de violencia fatal.
Durante la investigación, la fiscalía reunió testimonios, imágenes de cámaras de seguridad y pericias accidentológicas, que permitieron reconstruir el hecho y confirmar la participación de ambos imputados. Sin embargo, la insistencia en mantener la calificación de homicidio simple genera indignación en el entorno de la víctima y en sectores que reclaman una justicia más firme en casos de violencia extrema.
La elevación a juicio marca el inicio del proceso judicial que definirá la responsabilidad de los acusados. Sin embargo, con la carátula actual, los hermanos López podrían recibir penas considerablemente menores a las que corresponderían si la causa se encuadrara bajo el agravante de alevosía.
La familia de María José Cabrera espera que el tribunal revise la acusación y reconsidere la figura legal, para que el caso se encuadre dentro del delito que realmente se cometió. Mientras tanto, la impunidad sigue siendo una sombra en el sistema judicial, donde hechos como este, que podrían configurarse como crímenes de extrema violencia y desprecio por la vida, son tratados como homicidios comunes.
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