
Robo en Campo Quijano: le roban la moto a un trabajador dentro de la fábrica Borax
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Rubén Olarte: El denominado "abogado" por medios de comunicación provinciales participó de un curioso acontecimiento que podría terminar en una causa penal.
Campo Quijano25 de abril de 2024En el día de ayer se desarrolló un suceso extraordinario que involucró al vecino Rubén Olarte, reconocido en las últimas semanas por protagonizar una manifestación en el Concejo Deliberante en supuesta defensa de la municipalización de la Silleta. En esta oportunidad, decidió tomar la justicia en sus manos de manera aparentemente ilegal y fuera de los cauces legales establecidos.
Según fuentes locales, Olarte alquiló un tractor y, haciendo caso omiso a cualquier procedimiento legal, enganchó un rodillo ubicado en el playón municipal de Campo Quijano. El reclamo de Olarte parecería ser legitimo y carecería de mala fe, pues numerosos vecinos señalan que el instrumento en pugna sería de una familia de La Silleta, aunque la municipalidad tiene comprobantes de que el bien forma parte del inventario del Departamento Ejecutivo Municipal. El problema no recae sobre la legitimidad del reclamo, sino sobre las formas en que fue realizado.
Diario del Valle ha consultado ante las autoridades del Colegio de Abogados, más precisamente en el área de matriculaciones, si Olarte efectivamente se encuentra inscripto en el padrón de abogados y cuál es su número de matrícula. La respuesta fue contundente: no hay ninguna persona matriculada con ese nombre.
Este derrotero desencadenó un enfrentamiento con las autoridades locales. El intendente Yonar, en un comunicado emitido a través de sus redes sociales, describió el incidente como una flagrante violación del orden legal y expresó su preocupación ya que el bien en cuestión se encuentra inventariado, según Yonar, como patrimonio del municipio. De allí la preocupación del intendente pues será quien deba rendir cuentas de un eventual faltante de bienes.
No solo el devenir accionar de Olarte resultaría ajeno a derecho, sino que aparentemente jamás habría presentado poder general o especial, expedido por escribano público, que lo acredite como supuesto representante de quien dice representar ante el petitorio del rodillo. Esta omisión básica de legitimación para actuar, no podría ser pasado por alto por quien, en medios de comunicación de alcance provincial, ha sido presentado como “Abogado”.
Diario del Valle ha consultado ante las autoridades del Colegio de Abogados, más precisamente en el área de matriculaciones, si Olarte efectivamente se encuentra inscripto en el padrón de abogados y cuál es su número de matrícula. La respuesta fue contundente: no hay ninguna persona matriculada con ese nombre.
Es decir, Olarte bien puede haberse recibido de abogado, pero no se encuentra matriculado para ejercer actos como patrocinador jurídico en ciudad judicial. ¿Habrá sido ese el motivo por el cual decidió emprender justicia por mano propia y evitar la vía legal ante los tribunales? La ausencia del requisito básico para la presentación de escritos judiciales (esto es, estar matriculado) podría ser el desencadenante de la omisión de presentaciones legales ante la justicia.
Así las cosas, mediante un comunicado por redes sociales, el intendente Yonar ha aseverado que Las acciones realizadas por Olarte podrían ser tipificadas como delito penal de hurto.
No sería la primera vez que Olarte emplea la fuerza como mecanismo de resolución de conflictos desprovista de cualquier procedimiento legal. Semanas atrás, el supuesto abogado irrumpió junto a vecinos silletanos y junto a la diputada libertaria Griselda Galleguillos en una reunión de sesión de comisión en el Concejo Deliberante de Campo Quijano.
En esta oportunidad logró impedir la realización normal de la sesión mediante gritos e improperios dirigidos hacia algunos concejales con preocupante y manifiesta fijación contra las concejales mujeres del cuerpo deliberativo. Llamó la atención entre los presentes la manifiesta y notoria benevolencia para con el concejal Cruz, oriundo también de La Silleta, quien ostenta el cargo de concejal por más de 20 años sin lograr beneficios significativos para su localidad.
La acción de Olarte no habría sido posible sin la confabulación, como anteriormente se ha citado, de algunos actores quienes tendrían que haber puesto orden a la situación, pero su escasa experiencia o bien la ausencia de un asesor letrado a instancias del Presidente -que pudo contener lo que estuvo a su alcance- habrían sido los motivos por los cuales no pusieron fin al espectáculo semi pugilístico desarrollado en el Portal de los Andes.
Y es que el Código Penal de la República Argentina, en su artículo 241, establece claramente que:
ARTICULO 241. - Será reprimido con prisión de quince días a seis meses:
1 El que perturbare el orden en las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales, en las audiencias de los tribunales de justicia o dondequiera que una autoridad esté ejerciendo sus funciones;
En este caso en particular, las autoridades (los concejales) se encontraban desarrollando sus funciones en el seno del cuerpo legislativo y han sido imposibilitadas en la realización de las mismas por los atropellos de Olarte. ¿Habrán denunciado este hecho que aparenta ser plausible de ser enmarcado en el delito tipificado en el articulo 241? Aparentemente, todo habría desembocado en un mero proyecto de Resolución en el que se insta a la Cámara de Diputados a la notificación de las acciones realizadas por Galleguillos.
Ocurrió en la fábrica Borax Argentina, ubicada en Campo Quijano durante el turno nocturno. Se realizaron las denuncias correspondientes.
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