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Dictaron condena para los médicos de General Güemes
29 de junio de 2024
El trágico suceso tuvo lugar el 18 de junio de 2015, cuando Carlos Javier Argañaraz denunció que su esposa, Marta Eugenia Braga, quien cursaba un embarazo de 38 semanas con controles médicos de parámetros normales, llegó al hospital de General Güemes con contracciones y problemas de presión arterial. Debido a la falta de un anestesista en el hospital, Marta Eugenia fue derivada a Salta, donde su bebé nació sin vida.
Los informes médicos y del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) indicaron que la paciente sufrió un desprendimiento de placenta, lo cual causó que el bebé llegara sin vida. Además, se determinó que hubo sufrimiento fetal debido a que no se le practicó la cesárea de urgencia requerida, dada la condición médica que presentaba la madre.
Dos de los cinco médicos acusados por el fallecimiento de un bebé en 2015 en el hospital de General Güemes han sido condenados a un año de prisión condicional e inhabilitación para ejercer la profesión. Los otros tres profesionales de la salud fueron absueltos "de manera lisa y llana", tras afrontar un segundo juicio debido a la nulidad de la sentencia original de junio de 2021, declarada por la Sala II del Tribunal de Impugnación, que ordenó una nueva audiencia.
El veredicto del tribunal recayó sobre Jorge Barni García, ex gerente general del hospital, y Marcelo Quiroga, ex gerente de Atención a las Personas. Ambos fueron condenados a un año de prisión condicional y a una inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por dos años, tras ser encontrados culpables del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Además, se les impuso una serie de normas de conducta a seguir durante el período de la condena.
Por otro lado, Alejandro Cortéz Bellomo, jefe de guardia en aquel momento, el anestesista Eduardo Villagra, y el ginecólogo Roberto Francisco Farías, quienes estaban de guardia el día de los hechos, fueron absueltos de forma lisa y llana del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Villagra y Farías también fueron absueltos del delito de abandono de persona con grave daño a la salud.
En el mismo fallo, el tribunal hizo lugar a la demanda civil interpuesta por la querella, condenando solidariamente a Jorge García Barni, Marcelo Quiroga y la provincia de Salta a abonar la suma de $800,000 en concepto de daño moral. Esta cantidad deberá ser efectivizada dentro de los diez días hábiles a partir de la firmeza de la sentencia, con más los intereses devengados desde el momento del hecho hasta el pago efectivo.
El fiscal penal de General Güemes, Gustavo Vilar Rey, representó al Ministerio Público Fiscal en este caso, que ha sido seguido de cerca por la comunidad debido a la gravedad de los hechos y la implicación de profesionales de la salud en la tragedia.
Sectores de la comunidad médica han mostrado su preocupación por la criminalización de actos médicos que, según argumentan, pueden deberse a la falta de recursos y condiciones adecuadas para atender emergencias.
El caso del fallecimiento del bebé en el hospital de General Güemes en 2015 pone de relieve la importancia de contar con recursos y personal adecuado en los centros de salud para prevenir tragedias similares. Mientras tanto, la comunidad sigue esperando que se haga justicia y se tomen medidas para evitar que incidentes de esta naturaleza se repitan.
El director de la institución decidió expulsar a los tres autores del incidente de la torta con clonazepam y comunicó que no se trató de una broma.
Los siniestros ocurrieron durante la madrugada en distintos puntos de la provincia.
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