El Ministerio de Educación y Cultura de Salta reiteró que el Seguro Escolar del IPS es de págo obligatorio para todos los alumnos de escuelas públicas y privadas de la provincia, y que el aporte debe hacerse al momento de la inscripción para el ciclo lectivo 2026. La cobertura, administrada por el Instituto Provincial de Seguros (IPS), rige durante todo el año escolar y se enmarca en lo dispuesto por la Ley N° 5110. Además, se recordó que existen montos diferenciados por hermano y un trámite especial para familias sin recursos suficientes.
Seguro Escolar: qué cubre y en qué momentos rige la póliza
De acuerdo con la información oficial, el Seguro Escolar obligatorio administrado por el IPS se mantiene activo durante todo el ciclo lectivo 2026, siempre que el págo obligatorio se haya realizado en la inscripción. La póliza alcanza a estudiantes que concurren a establecimientos educativos de gestión estatal y privada en todo el territorio salteño.
La cobertura incluye el recorrido de ida desde la casa del alumno hasta la escuela y el regreso al domicilio, además del tiempo en que el estudiante permanece dentro de la institución educativa. El Ministerio aclaró que el beneficio se aplica específicamente en esos desplazamientos y dentro del ámbito escolar.
También se informó que el seguro se extiende a las actividades organizadas por la autoridad educativa y llevadas adelante bajo responsabilidad del establecimiento. Esto comprende salidas, actos, proyectos y demás propuestas que formen parte de la programación académica del ciclo lectivo 2026, siempre en el marco de lo previsto por la póliza.
Pago obligatorio, montos y trámite para casos excepcionales
Educación detalló que, para este año escolar, el págo obligatorio del Seguro Escolar tiene valores diferenciados según el orden de los hermanos inscriptos. Para el hermano mayor, el aporte fijado es de $5.400, mientras que para el hermano menor el monto a abonar es de $2.700. No se mencionaron otros valores adicionales en la comunicación oficial.
En todos los casos, el Ministerio remarcó que el pago debe hacerse en el mismo momento en que se formaliza la inscripción del alumno. Las autoridades advirtieron que “la falta de pago en tiempo y forma implica la pérdida del beneficio del Seguro Escolar”, por lo que insistieron en la necesidad de respetar los plazos establecidos para conservar la cobertura durante el ciclo 2026.
Frente a situaciones de dificultades económicas, la normativa prevé una única vía excepcional. Para padres, madres, tutores o encargados que no cuenten con recursos suficientes, se establece un procedimiento que debe tramitarse directamente ante el Instituto Provincial de Seguros, sin intervención de cooperadoras ni otras instancias intermedias.
Cómo gestionar la excepción ante el IPS y rol de las cooperadoras escolares
Para solicitar esa excepción, las familias deben pedir primero en el IPS el formulario específico del Seguro Escolar. Ese documento debe completarse en su totalidad y acompañarse con una declaración jurada, la cual se realiza ante una autoridad policial, según indicó la cartera educativa en su comunicado.
Una vez completada la declaración jurada, corresponde presentar toda la documentación requerida por el Instituto Provincial de Seguros. El organismo evalúa cada caso conforme al esquema interno previsto para acreditar la falta de recursos, con el objetivo de resolver si corresponde mantener el beneficio del seguro aun sin el pago del aporte.
Por otra parte, el Ministerio recordó que las Cooperadoras Escolares funcionan como asociaciones civiles que acompañan a la comunidad educativa y colaboran con el funcionamiento de las instituciones, pero no reemplazan las obligaciones vinculadas al Seguro Escolar ni al IPS. Con el inicio de clases previsto para hoy 2 de marzo, las autoridades indicaron que es necesario que los responsables de los alumnos regularicen el págo obligatorio del Seguro Escolar para que la cobertura esté vigente desde el primer día de actividades y durante todo el ciclo lectivo 2026.

