Sancionan al club San Martín por arrojar excremento en una cancha de fútbol

La Municipalidad de Salta sancionó al club San Martín tras constatar, mediante una inspección de la Patrulla Ambiental, el uso de excremento en una cancha de fútbol ubicada sobre avenida San Martín al 2100, en barrio Libertador. El caso se originó por fuertes olores denunciados por vecinos y comerciantes de la zona, y derivó en un expediente por infracción al Código de Protección Ambiental, que ya fue elevado al Tribunal Administrativo de Faltas para la aplicación de la multa correspondiente.

El club San Martín quedó en el centro de la polémica en la ciudad de Salta luego de que una inspección oficial comprobara la presencia de excremento esparcido en una cancha de fútbol situada sobre avenida San Martín al 2100, en la zona del barrio Libertador. La intervención se activó a partir de quejas de vecinos que reportaron olores muy intensos que, según indicaron, afectaban viviendas particulares, comercios y hasta una institución médica cercana.

Personal de la Patrulla Ambiental de la Municipalidad de Salta se hizo presente en el predio deportivo y verificó en el lugar el material esparcido sobre el césped. Tras esa constatación, se labró un acta de infracción en base a la Ordenanza N.º 5941/90, normativa que integra el Código de Protección Ambiental de la Ciudad de Salta, y se remitió toda la documentación al Tribunal Administrativo de Faltas.

Las actuaciones administrativas se iniciaron una vez confirmado que la situación denunciada por los residentes del barrio Libertador se correspondía con lo observado por los inspectores, dejando asentados los olores nauseabundos que se desprendían desde el campo de juego y se propagaban por la zona.

Patrulla Ambiental detectó uso de excremento como fertilizante en el club San Martín

El director de la Patrulla Ambiental, Juan Pablo Farfán, explicó que durante la inspección se pudo determinar el origen del problema en el predio del club San Martín, ubicado sobre la avenida San Martín. Según sus declaraciones, el personal habría recurrido a excretas para favorecer el crecimiento del pasto de la cancha de fútbol.

Farfán sostuvo que, de acuerdo a lo relevado por el equipo técnico, “aparentemente el personal del club utilizó este método como fertilizante para el crecimiento del césped”, lo que encuadra en una práctica vedada por la normativa local vigente en materia ambiental.

Al detallar el marco legal, el funcionario subrayó que “estas prácticas están expresamente prohibidas debido al grave daño ambiental y social que generan”, en referencia a los impactos que este tipo de manejo puede causar en la salud de los vecinos, la higiene urbana y la calidad del aire en sectores densamente habitados.

Vecinos del B° Libertador denunciaron olores en las calles

Entre los testimonios recogidos en la zona se encuentra el de Gonzalo, vecino de barrio Libertador, quien describió el alcance de los olores que atribuían al predio del club San Martín. Según contó, el hedor se percibía incluso a varias cuadras, sobre calle San Juan, afectando la rutina diaria de quienes viven y trabajan en el sector.

“El olor llegaba hasta la calle San Juan. Con los vecinos hicimos las denuncias y nos comunicamos con la Patrulla Ambiental. También hablamos con el intendente y nos avisaron que el club fue multado. Agradecemos la respuesta y esperamos que no vuelva a ocurrir”, manifestó el residente al relatar cómo se organizó el grupo de frentistas para presentar los reclamos formales.

La municipalidad encuadró la sanción en los controles ambientales habituales

Desde la Municipalidad de Salta informaron que la sanción aplicada al club San Martín se inscribe dentro de las tareas de fiscalización y control ambiental que la Patrulla Ambiental realiza de manera periódica en distintos barrios de la ciudad, incluyendo la traza de la avenida San Martín y sus alrededores.

Las autoridades municipales remarcaron que el expediente abierto por este caso fue elevado al Tribunal Administrativo de Faltas, que será el organismo encargado de definir el monto y las condiciones de la multa, siempre en función de lo establecido por la Ordenanza N.º 5941/90 y las pruebas reunidas en la inspección.

En paralelo, se recordó que hechos similares vinculados con olores molestos, contaminación o uso indebido de sustancias en espacios deportivos o privados pueden ser denunciados por los vecinos a través de los números 147 y 105, o mediante la aplicación Muni Salta, canales habilitados para recibir reportes y derivarlos a las áreas de control correspondientes.

Leer más:

Más noticias: