En Salta comenzó a regir una nueva norma que obliga a los bancos a reducir los tiempos de espera para la atención de jubilados: las sucursales no podrán superar los 30 minutos de demora en las filas. La medida alcanza a los adultos mayores que van a operar por ventanilla en las distintas entidades financieras de la provincia. La disposición fue tratada en la Cámara de Diputados y establece, además, la posibilidad de reclamos formales en caso de incumplimientos, que podrán hacerse ante Defensa del Consumidor cuando el banco no respete los plazos fijados por la ley.
Límite de 30 minutos y excepciones para la atención de jubilados
La iniciativa surgió en la Cámara de Diputados provincial, a partir de un proyecto impulsado por la diputada Mónica Juárez. En el debate se detalló que la regulación se centra en cómo los bancos organizan la atención de jubilados en las sucursales, ante quejas por demoras prolongadas en las filas.
En la discusión legislativa también tuvo participación el ministro de Gobierno y Justicia, Ignacio Jarsún, quien intervino en el diseño de la herramienta legal. Según se planteó, la norma se elaboró luego de relevamientos donde se registraron casos de personas mayores esperando hasta cuatro horas para ser atendidas en los bancos.
La regla general fija que la espera máxima para la atención presencial de jubilados será de 30 minutos. Este límite se aplicará a todas las sucursales bancarias que no cuenten con condiciones especiales para ofrecer una estadía más cómoda a los adultos mayores mientras aguardan su turno.
Cuándo los bancos pueden extender el tiempo de espera
Además del tope de media hora, la norma contempla una única excepción para las entidades que reúnan determinados requisitos. En esos casos, la atención a jubilados en bancos podrá demorar hasta 60 minutos, siempre que se ofrezcan ciertas condiciones mínimas para los usuarios.
Para acceder a ese plazo extendido, las sucursales deben disponer de sanitarios habilitados para el público, contar con asientos suficientes para que los adultos mayores no permanezcan parados y utilizar un sistema de turnos que ordene la atención. Si una de estas condiciones no se cumple, el banco queda automáticamente alcanzado por el límite de 30 minutos.
El objetivo declarado de estos criterios es que el mayor tiempo de espera solo sea posible cuando el jubilado tenga un lugar donde sentarse, acceso a baños y un mecanismo claro que indique cuándo será atendido, evitando así la permanencia prolongada en filas sin organización.
Reclamos ante Defensa del Consumidor por demoras excesivas
La normativa también incorpora un mecanismo para que los usuarios puedan actuar frente a incumplimientos. Si el banco supera los tiempos fijados sin reunir los requisitos exigidos, los jubilados están habilitados para presentar quejas formales ante Defensa del Consumidor.
Según se informó, estos reclamos podrán realizarse cuando la espera para la atención de jubilados en bancos exceda los 30 o 60 minutos previstos por la ley, de acuerdo a cada caso, y la autoridad de aplicación deberá evaluar cada situación en particular.

