La causa penal federal contra el exdiputado nacional Emiliano Estrada seguirá adelante luego de que la Sala I de Revisión ratificara, ayer martes 30 de diciembre, la imputación por presunto abuso de autoridad y peculado de servicios vinculada a la producción de videos para redes sociales durante su mandato en el Congreso. El tribunal, integrado por los jueces Santiago French, Luis Rabbi Baldi Cabanillas y Ernesto Sola, rechazó los planteos de nulidad y el pedido de sobreseimiento presentados por la defensa de Estrada.
La continuidad de la causa federal que tiene como imputado al exdiputado nacional Emiliano Estrada quedó garantizada tras una resolución de la Sala I de Revisión, que decidió mantener firme la acusación en su contra por supuestos delitos cometidos mientras ocupaba una banca en el Congreso. La decisión se conoció luego de una audiencia realizada el martes 30 de diciembre, en la que se analizaron uno por uno los cuestionamientos defensivos.
El planteo había sido impulsado por el abogado de Estrada, Jorge Ovejero, quien intentó anular la audiencia de formalización de la imputación y lograr el sobreseimiento de su defendido. Sin embargo, los jueces entendieron que no hubo irregularidades procesales y convalidaron el avance de la investigación que conduce el fiscal federal Carlos Martín Amad.
La causa se originó por siete videos difundidos en redes sociales, que, según la hipótesis fiscal, habrían sido elaborados por asesores de Estrada durante su gestión parlamentaria utilizando recursos y servicios ligados a su función legislativa, en un marco considerado incompatible con esa tarea.
La Sala I respaldó la imputación contra Estrada y rechazó las nulidades planteadas por la defensa
El fallo de la Sala I de Revisión confirmó la resolución de la jueza federal de Garantías N° 2, Mariela Giménez, quien el 16 de diciembre había dado por formalizada la imputación requerida por el fiscal Amad contra Emiliano Estrada por presunto abuso de autoridad y peculado de servicios. De este modo, el caso seguirá en etapa de investigación penal preparatoria.
Durante la audiencia de revisión, Ovejero sostuvo que en aquella instancia del 16 de diciembre la jueza Giménez habría limitado su intervención, lo que, a su criterio, afectó el derecho de defensa. También calificó la imputación como vaga y poco precisa, y con esos argumentos pidió la nulidad del acto y el cierre de la causa para su cliente.
Frente a esos cuestionamientos, el juez Santiago French explicó que la Sala revisó la grabación completa de la audiencia objetada. Según detalló, no se registró ningún “cercenamiento” del uso de la palabra por parte del defensor. Por el contrario, dejó asentado que Ovejero habló durante 83 minutos, y que las intervenciones de la magistrada se orientaron a ordenar el intercambio, solicitar precisiones y evitar la lectura de textos demasiado extensos, sin impedirle exponer su posición.
Con esos elementos, los jueces descartaron los agravios vinculados a supuestas restricciones a la defensa y rechazaron el pedido de nulidad de la audiencia de formalización. Señalaron que no se detectaron fallas formales ni irregularidades que justificaran anular ese acto procesal, por lo que las actuaciones se mantienen válidas.
La acusación por los videos en redes
Otro de los ejes de la discusión estuvo centrado en el contenido de la imputación que pesa sobre Emiliano Estrada. La defensa insistió en que la acusación era genérica, pero la Sala I entendió lo contrario. En la audiencia se recordó que el fiscal Carlos Martín Amad, al formalizar, describió perfiles de redes, el camino de verificación de esa información y el contexto en el que se atribuyen dos hechos puntuales vinculados con dos personas identificadas como asesores.
De acuerdo con la teoría del Ministerio Público Fiscal, a esos colaboradores se les habrían impartido órdenes indebidas para elaborar contenidos destinados a redes sociales durante el ejercicio del cargo legislativo de Estrada, usando recursos disponibles por su condición de diputado nacional.
French remarcó que el momento en que se fija la “teoría formal del caso” es precisamente la audiencia de formalización, y aclaró que antes de esa instancia solo existe una hipótesis de trabajo. En ese marco, consideró que la defensa no podía alegar sorpresa respecto de la mención a “dos hechos”, ya que esa delimitación fue explicitada por el fiscal en la audiencia del 16 de diciembre ante la jueza Giménez.
En la misma línea, el juez Ernesto Sola señaló que el Ministerio Público Fiscal presentó una hipótesis concreta sobre la conducta a investigar. Indicó que dicha versión “puede ser correcta o no”, pero destacó que fue planteada con claridad suficiente como para habilitar la siguiente fase del proceso, en la que se deberán producir pruebas y analizar si esa acusación se sostiene o se descarta.
Qué deberá definirse sobre el uso de fondos y por qué la investigación sigue abierta
Al revisar el expediente, los jueces ubicaron como punto clave a esclarecer si los fondos a los que accedía Estrada en su rol de diputado nacional podían, conforme a la normativa vigente, destinarse a las actividades en redes sociales que se le atribuyen. Indicaron que esa cuestión será objeto de medidas de prueba dentro de la investigación penal preparatoria.
French agregó que muchos de los planteos defensivos en esta etapa se vinculan con la valoración del material ya incorporado y con discusiones de fondo sobre la licitud o ilicitud del uso de los recursos, más que con defectos formales de los actos procesales. En función de ello, la Sala I también rechazó el pedido de sobreseimiento solicitado por Ovejero, al entender que la fiscalía cuenta con elementos suficientes para seguir adelante con la pesquisa.
Por último, otros reclamos introducidos por la defensa de Emiliano Estrada fueron desestimados por considerarse que no se encuadraban en los temas propios de la instancia de revisión, por lo que el expediente continuará tramitando en el fuero federal bajo la hipótesis planteada por el fiscal Amad.

