El Gobierno provincial oficializó la baja de antiguas adjudicaciones de terrenos fiscales vinculados al IPV en la ciudad de Salta y reasignó esos lotes a familias que demostraron residir allí de forma permanente. Las decisiones se tomaron en el marco del plan “Mi Lote”, apuntado a la urbanización social y a la regularización dominial, y se instrumentaron a través de los Decretos Nº 15 y Nº 16, publicados este martes 13 en el Boletín Oficial, con nuevos plazos de pago y límites claros para vender o ceder las propiedades.
Revisión de adjudicaciones y foco en vivienda única en terrenos del IPV
En el Departamento Capital se concretó una amplia revisión de adjudicaciones sobre terrenos fiscales vinculados al IPV, con el objetivo de ordenar la ocupación y priorizar a quienes efectivamente usan esos espacios como hogar. Las medidas se encuadran en el Plan Provincial de Urbanización Social y Regularización Dominial “Mi Lote”, que busca garantizar el acceso a la vivienda a sectores de menores ingresos.
El Decreto Nº 15 dejó sin efecto adjudicaciones en venta que habían sido otorgadas años atrás, luego de comprobar que los beneficiarios originales no cumplían condiciones que se consideran básicas para conservar el lote. La principal falta detectada fue la ausencia de ocupación real y continua, es decir, no se utilizaban los terrenos como vivienda del grupo familiar.
En paralelo, ese mismo decreto permitió que las personas que hoy habitan esos espacios puedan acceder a la adjudicación en venta, siempre que cumplan una serie de requisitos. Entre ellos, se exigió demostrar residencia efectiva en el inmueble, no poseer otras propiedades a su nombre, no haber recibido beneficios de otros planes habitacionales y ajustarse a lo previsto por la Ley Nº 2616.
Por su parte, el Decreto Nº 16 avanzó con una lógica similar: ordenó anular adjudicaciones sobre otros lotes fiscales del área capitalina, luego de verificarse que quienes figuraban como adjudicatarios no residían ni daban habitabilidad a esos terrenos. En estas situaciones, se resolvió reasignar los predios a las familias que actualmente los ocupan.
Condiciones de pago, límites para vender y rol del IPV en la regularización
Los dos decretos fijan pautas financieras homogéneas para quienes resulten nuevos adjudicatarios de estos lotes fiscales vinculados al IPV. Se estableció que el valor de cada terreno podrá abonarse en hasta 100 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, lo que abre la posibilidad de un pago más accesible para familias con ingresos ajustados.
Además, las normas disponen que, desde el momento en que los beneficiarios sean notificados formalmente, quedarán a su cargo todas las obligaciones relacionadas con deudas y tributos provinciales y municipales que afecten a los lotes. De esta manera, se traslada a los nuevos titulares la responsabilidad por impuestos, tasas y contribuciones que recaigan sobre los inmuebles.
Otro punto relevante es la incorporación de restricciones a la libre disposición de los terrenos. Mientras la hipoteca constituida en garantía del precio no se encuentre completamente cancelada, se prohíbe vender, alquilar, ceder o transferir los lotes sin una autorización expresa del Estado provincial. La limitación apunta a evitar operaciones especulativas y a que las parcelas se utilicen efectivamente como vivienda.
En el caso del Decreto Nº 16, se remarcó de forma explícita que la prioridad será que cada terreno funcione como vivienda única, familiar y permanente. Según se detalla, la reasignación se decidió atendiendo criterios de inclusión social y de organización del uso del suelo en los barrios alcanzados por la medida.
Escrituras, hipotecas y consecuencias por incumplimientos
En cuanto a la parte registral, las disposiciones instruyen a la Escribanía de Gobierno a confeccionar las escrituras traslativas de dominio con la correspondiente constitución de hipoteca. Esos actos estarán exentos del pago de impuestos, tasas y contribuciones, lo que permite a las familias acceder al título de propiedad sin afrontar esos costos administrativos.
Las normas también prevén qué ocurrirá si los adjudicatarios incumplen las obligaciones asumidas. Tanto el Decreto Nº 15 como el Nº 16 advierten que, ante faltas comprobadas, se producirá la caducidad automática de la adjudicación y el inmueble volverá al dominio de la Provincia, sin que se genere derecho a indemnización para el beneficiario.
Las decisiones referidas a estos lotes fiscales del Departamento Capital fueron formalizadas con la firma del gobernador Gustavo Sáenz, del jefe de Gabinete de Ministros, Sergio Camacho, y de la secretaria general de la Gobernación, Matilde López Morillo. De esta forma quedaron oficializados los cambios en la titularidad de los terrenos, bajo las condiciones y límites fijados en los decretos publicados.

