El Gobierno fija nuevos precios del biodiesel y actualiza el corte con gasoil en enero

El Gobierno nacional oficializó para enero un nuevo precio del biodiesel destinado al corte obligatorio con gasoil y restableció el porcentaje mínimo de mezcla. Además, la Secretaría de Energía definió los valores base del bioetanol elaborado con caña de azúcar y maíz, junto con los plazos máximos de pago y un esquema para eventuales actualizaciones extraordinarias.

El Gobierno nacional informó un nuevo valor de referencia para el biodiesel que se usa en la mezcla con gasoil y, al mismo tiempo, restituyó el nivel de corte obligatorio que rige en todo el país. La medida, que impacta en el mercado de combustibles durante enero, quedó detallada en la Resolución 612/2025 publicada en el Boletín Oficial. En paralelo, la Secretaría de Energía actualizó los precios mínimos que deberán pagarse por el bioetanol de caña de azúcar y de maíz, también destinado a los biocombustibles utilizados en la mezcla con naftas fósiles.

De esta manera, los nuevos cuadros de biodiesel y bioetanol ordenan el esquema de biocombustibles para este mes, fijando montos, porcentajes de corte y plazos de pago para las empresas que operan en el sector. Las disposiciones tendrán vigencia durante enero o hasta que se difundan nuevos valores oficiales por parte de la autoridad competente.

Las normas alcanzan a todo el territorio nacional y abarcan tanto el biodiesel que se mezcla con gasoil como el bioetanol que se incorpora a las naftas, elementos clave en el abastecimiento de combustibles líquidos en las estaciones de servicio.

Nuevo precio del biodiesel y corte obligatorio con gasoil

La Resolución 612/2025 fijó que el precio del biodiesel destinado al corte obligatorio con gasoil será de $1.797.881 por tonelada para todas las operaciones realizadas durante enero. Este valor aplica específicamente al producto que se utiliza para la mezcla con gasoil y forma parte del esquema regulado de biocombustibles.

Además del precio, la normativa definió el plazo máximo de pago que deberán respetar las empresas que compran biodiesel. Según el texto oficial, las adquirentes tendrán hasta siete días corridos, contados desde la fecha de emisión de la factura, para cancelar las operaciones correspondientes al período de vigencia de la resolución.

Otro punto central es el porcentaje de mezcla: la Secretaría de Energía restableció en 7,5% en volumen el mínimo obligatorio de biodiesel en gasoil. Con esta decisión, queda sin efecto la reducción transitoria al 7% que se había aplicado antes “para mitigar el impacto del precio del aceite de soja en el valor final del combustible en surtidor”, según se precisa en los considerandos de la medida.

Este retorno al 7,5% de corte implica que las petroleras y operadores deberán volver a incorporar ese porcentaje de biodiesel en el gasoil que se comercializa, de acuerdo con las disposiciones de la Secretaría de Energía y los lineamientos vigentes para el mercado de combustibles.

Valores oficiales del bioetanol de caña y maíz para enero

En simultáneo con la actualización del biodiesel, la Secretaría de Energía estableció nuevos precios base para el bioetanol utilizado en la mezcla con naftas de origen fósil. Estos montos quedaron fijados en la Resolución 611/2025, también publicada en el Boletín Oficial, y regirán para las operaciones del mes de enero.

De acuerdo con la resolución, el precio mínimo del bioetanol elaborado a partir de caña de azúcar se determinó en $976,457 por litro. Este valor será el piso que deberán abonar las empresas que compren ese producto para cumplir con la obligación de corte con naftas.

En el caso del bioetanol producido a partir de maíz, el precio mínimo de venta se estableció en $894,949 por litro. Ambos montos, tanto para la caña de azúcar como para el maíz, se mantendrán vigentes para las transacciones realizadas durante enero, hasta que la autoridad competente disponga nuevos importes oficiales.

La Resolución 611/2025 también definió las condiciones de pago para las operaciones de bioetanol. El plazo máximo no podrá superar los 30 días corridos desde la fecha de facturación, lo que marca una diferencia respecto del esquema previsto para el biodiesel, donde el límite es de siete días.

Mecanismo para revisar precios de biocombustibles

La Secretaría de Energía incorporó un mecanismo específico para poder modificar de manera extraordinaria los valores fijados para el bioetanol. Según la Resolución 611/2025, se habilitan ajustes excepcionales cuando se comprueben diferencias entre los costos de producción de los biocombustibles y los precios oficiales que estén vigentes en ese momento.

El texto oficial prevé, además, que estos cambios extraordinarios podrán aplicarse si se detectan distorsiones en los valores al público de los combustibles fósiles. En esos casos, la autoridad de aplicación queda facultada para revisar y actualizar los montos mínimos que se pagan por el bioetanol, en línea con lo establecido en la normativa vigente.

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