El Ministerio de Justicia de la Nación presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos un pedido formal para que la dirigente de la Túpac Amaru, Milagro Sala, deje el régimen de prisión domiciliaria que mantiene desde hace años y vuelva a la carcel a cumplir la condena que tiene en su contra. La solicitud fue elevada por la Subsecretaría de Derechos Humanos, que reclamó que se deje sin efecto la medida que le permitió a Sala salir del penal y continuar detenida en su domicilio. En paralelo, la propia Sala respondió públicamente y adjudicó este planteo a una maniobra política del oficialismo nacional.
Según informó la cartera nacional, el objetivo de la presentación es que se revise el beneficio que mantiene a la referente jujeña fuera de una unidad penitenciaria y que la condena firme de quince años de prisión e inhabilitación absoluta se cumpla en un establecimiento carcelario común. El caso vuelve así a la escena internacional y reactiva el debate sobre el alcance de las decisiones de la Corte Interamericana y su impacto en causas judiciales con fuerte repercusión pública.
La dirigente social, detenida originalmente en la provincia de Jujuy, está bajo prisión domiciliaria desde mediados de dos mil diecisiete, luego de que ese tribunal internacional dictara medidas provisionales a su favor. Ahora, con la nueva gestión nacional, el Ministerio de Justicia cuestiona la continuidad de ese esquema y sostiene que las condiciones impuestas por la Corte se habrían transformado en un beneficio que ya no corresponde mantener.
El reclamo oficial ante la Corte Interamericana y el planteo por la cárcel
En el escrito remitido a la Corte Interamericana, la Subsecretaría de Derechos Humanos pidió que se ponga fin al régimen de prisión domiciliaria y que Milagro Sala sea trasladada nuevamente a una cárcel. La cartera que conduce Mariano Cúneo Libarona comunicó que, desde su perspectiva, la dirigente debería estar cumpliendo su pena “en la cárcel, sin privilegios, como ocurre con el resto de los delincuentes”, en alusión directa al lugar de detención que el Ministerio considera adecuado para los condenados.
El documento oficial remarcó que Sala tiene una condena firme de quince años de prisión e inhabilitación absoluta por diversos delitos, entre ellos asociación ilícita, fraude a la administración pública, extorsión y amenazas. A partir de esa condena, y pese a reconocer que existen decisiones internacionales vigentes, el Ministerio plantea que el régimen domiciliario ya no se ajusta al criterio que la actual gestión busca aplicar en materia de ejecución penal.
Además, la presentación incluyó información sobre la situación actual de la detenida. Según el detalle difundido por la cartera nacional, la Subsecretaría de Derechos Humanos rechazó las acusaciones de “hostigamiento judicial” formuladas por la defensa ante organismos internacionales y acompañó documentación para respaldar su posición. Para el Ministerio, esos elementos prueban un incumplimiento de las condiciones fijadas cuando se otorgó la prisión domiciliaria.
De acuerdo con la comunicación oficial, Milagro Sala habría modificado su lugar de residencia sin aviso ni autorización del juez competente, lo que, siempre según la versión del Ministerio, implica una violación concreta de las obligaciones establecidas cuando se le concedió el beneficio. Este punto es uno de los ejes centrales del pedido elevado a la Corte Interamericana.
Monitoreo electrónico, debate por privilegios y respuesta de Milagro Sala
El Ministerio de Justicia explicó que ese cambio de domicilio sin autorización disparó alarmas en el sistema de monitoreo electrónico que controla el cumplimiento de la prisión domiciliaria. A partir de esas alertas, se activaron medidas de verificación y control típicas de la etapa de ejecución de la pena, lo que generó nuevas discusiones entre la defensa y las autoridades nacionales.
En su comunicado, la cartera nacional sostuvo que las acciones de control realizadas forman parte de las obligaciones del Estado y apuntó contra el planteo de la defensa, que presentó esas medidas como “hostigamiento”. Según el texto difundido, desde el Ministerio se considera que calificar de esa manera los controles intenta “invertir la carga de los hechos y fabricar un relato para sostener un privilegio”, en referencia directa a la permanencia de Sala fuera de un penal.
Dentro del mismo pronunciamiento, el Ministerio enmarcó la presentación ante la Corte Interamericana como parte del cumplimiento de compromisos internacionales, pero cuestionó el resultado concreto de las decisiones que permitieron a Milagro Sala seguir detenida en su casa. Para la cartera nacional, la medida internacional terminó funcionando como un beneficio que mantiene a la dirigente en la comodidad de su hogar, pese a la condena firme dictada en su contra por la Justicia argentina.
La postura política del Gobierno nacional y las frases destacadas del comunicado
El comunicado del Ministerio de Justicia incorporó definiciones políticas al argumentar el pedido de regreso a la cárcel. En uno de sus pasajes, la cartera señaló que “en la nueva Argentina del Presidente Javier Milei se terminaron los privilegios de la casta que se enriqueció a costa de los argentinos de bien”, utilizando esa formulación para justificar la revisión de beneficios otorgados a detenidos con condena firme.
En otro tramo, el texto difundido por el Ministerio planteó su posición sobre el empleo del sistema de protección internacional de derechos humanos. Allí se afirmó que “los derechos humanos están para proteger a las personas, no para blindar a condenados y garantizar su impunidad”, dejando claro el tono con el que la actual gestión evalúa las resoluciones que inciden en la situación de detenidos como Milagro Sala. El comunicado cerró con una frase que resume la línea argumental oficial: “Hay un solo lugar para los criminales: la cárcel”.
Frente a este escenario, la dirigente social respondió públicamente luego de conocerse el planteo del Gobierno ante la Corte Interamericana. En una entrevista radial, Sala afirmó que el pedido para que vuelva a la cárcel forma parte de una estrategia de comunicación del espacio político que hoy conduce el Poder Ejecutivo nacional y consideró que se trata de “propaganda de la gente de (Javier) Milei que quiere que vaya a la cárcel, pero ellos no son parte de la causa”.
Con esas declaraciones, la referente de la Túpac Amaru ubicó el reclamo del Ministerio de Justicia dentro de una disputa política más amplia, aunque el trámite formal seguirá su curso en el ámbito internacional, donde la Corte Interamericana deberá evaluar la presentación y las pruebas acompañadas por el Estado argentino respecto del cumplimiento del régimen de prisión domiciliaria.
Antecedentes de la detención y paso de Milagro Sala por la cárcel común
La situación actual de Milagro Sala tiene como antecedente su detención en la provincia de Jujuy, cuando fue alojada en el penal de mujeres de Alto Comedero. Allí estuvo detenida bajo distintas medidas de prisión preventiva en varias causas judiciales abiertas en su contra. Ese período en una cárcel común se extendió hasta la intervención de la Corte Interamericana, que dictó medidas provisionales y promovió un cambio en el lugar de detención.
A partir de esas resoluciones, la Justicia dispuso que dejara el penal jujeño y pasara a un esquema alternativo. Primero fue trasladada a una vivienda con custodia permanente y, más adelante, se le concedió la prisión domiciliaria con sistema de monitoreo electrónico, modalidad que continúa vigente hasta la fecha y que ahora el Ministerio de Justicia busca revertir mediante la presentación realizada ante el tribunal internacional.
Desde que se implementó ese cambio, Sala cumple su condena en un domicilio fijado, sujeto a controles específicos del sistema de ejecución penal. Esa es la situación que el Gobierno nacional pretende modificar, solicitando que la Corte Interamericana deje sin efecto las medidas que derivaron en la prisión domiciliaria, para que la dirigente vuelva a una unidad penitenciaria y cumpla allí los quince años de prisión y la inhabilitación absoluta establecidos por la sentencia firme.

