Luciano Nahir López recibió una pena de 17 años por el choque fatal en la avenida Paraguay

El fallo del Tribunal de Sentencia tomó en cuenta pericias, cámaras, testimonios y estudios toxicológicos incorporados durante el juicio.

Luciano Nahir López fue condenado a 17 años de prisión por el siniestro vial ocurrido en marzo de 2024 sobre avenida Paraguay, en la ciudad de Salta, donde murieron cinco personas y otras cuatro resultaron con heridas. La sentencia fue dictada este martes por el Tribunal de Sentencia provincial, que lo halló culpable por homicidio simple, lesiones graves y lesiones leves. En el juicio, la acusación sostuvo que el joven conducía a alta velocidad, con alcohol en sangre y tras cometer varias infracciones antes del impacto.

El fallo fue firmado por los jueces Gabriela Romero Nayar, Victoria Montoya Quiroga y Pablo Farah. La resolución llegó después del debate oral en el que la fiscalía presentó cámaras de seguridad, testimonios, informes técnicos y análisis toxicológicos para reconstruir lo ocurrido aquella madrugada en la capital salteña.

El tribunal condenó a Nahir López por cinco muertes

La sentencia declaró a López responsable por las muertes de Florencia Acosta, Sergio Veisaga, Nahuel Brian Digan, Karen Marín y Ruth Tabarcache. Además, el tribunal lo condenó por lesiones graves en perjuicio de dos personas y por lesiones leves contra otras dos.

La causa fue encuadrada bajo la figura de homicidio simple. Durante el juicio, uno de los puntos centrales fue la discusión sobre el dolo eventual, es decir, si el conductor podía prever un desenlace fatal y aun así siguió manejando de esa manera.

En ese tramo del proceso, la fiscalía planteó que hubo una conducta deliberada marcada por varias infracciones consecutivas. Según expuso, López hizo un giro brusco en la rotonda de Cofruthos, cruzó dos semáforos en rojo, no respetó la línea de frenado y tampoco disminuyó la velocidad antes del hecho.

Las pericias sobre avenida Paraguay fueron clave en el juicio

El fiscal Daniel Espilocín, de la Fiscalía Penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, apoyó la acusación en distintos elementos incorporados a la causa. Entre ellos, aparecieron registros de cámaras, declaraciones testimoniales y estudios periciales.

De acuerdo con esos informes, López circulaba a 103,2 km/h en una zona donde la máxima permitida es de 60 km/h. Además, para quienes salen de boliches, el límite señalado en el debate era de 20 km/h, un dato que fue mencionado por la acusación para mostrar el nivel de riesgo de la maniobra.

Los peritos también indicaron que el conductor perdió el control del vehículo después de pasar por el boliche “La Rosa” y el bar “El Divino”. Luego de eso, atropelló a peatones que caminaban por la banquina, siempre según lo reconstruido en la investigación judicial.

El examen toxicológico contradijo la versión del acusado de 17 años

Otro de los puntos fuertes del expediente estuvo en los estudios toxicológicos. El examen incorporado al juicio determinó que López tenía 1,62 g/l de alcohol en sangre. Ese valor supera ampliamente el máximo permitido por la legislación nacional y, además, en Salta rige la normativa de Tolerancia Cero.

A su vez, los controles de alcoholemia realizados a las 7.34 de esa mañana registraron 1,02 g/l en López y 0,39 g/l en su acompañante, Mamaní Oganeku. Esos resultados fueron utilizados por la fiscalía para sostener la acusación.

Durante el debate, el acusado negó haber tomado alcohol. Sin embargo, esa versión fue contrapuesta por los análisis agregados al expediente y también por el testimonio de Oganeku, quien declaró que ambos habían consumido bebidas alcohólicas antes y durante la permanencia en un boliche.

En su alegato, Espilocín afirmó: “No fue un accidente”, al referirse a la forma de conducción en una zona de intensa circulación peatonal. El Tribunal de Sentencia provincial finalmente impuso la pena de 17 años de prisión a Luciano Nahir López.

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