Acusación por mala praxis contra cuatro medicos del Hospital de Tartagal por la muerte de un adolescente

Cuatro médicos del hospital Juan Domingo Perón de Tartagal fueron imputados por homicidio culposo por presunta mala praxis, luego de la muerte de Agustín Herrera, un joven de 17 años que ingresó varias veces con fuertes dolores abdominales y terminó falleciendo por una sepsis generalizada derivada de una peritonitis que, según la investigación, no fue tratada a tiempo. La causa detalla paso a paso las atenciones brindadas, los controles que no se habrían hecho y las decisiones médicas que ahora están bajo la lupa de la Justicia.

Imputación por homicidio culposo y mala praxis

La fiscalía de Tartagal formalizó la acusación contra cuatro profesionales del hospital Juan Domingo Perón por el delito de homicidio culposo, al considerarlos coautores de un caso de presunta mala praxis que terminó con la vida de Agustín Herrera, un adolescente de 17 años. El expediente apunta a fallas en cadena durante varios días de consultas y guardias médicas.

Los médicos imputados fueron identificados como la clínica Araceli Gorgal, el clínico Antonio Padilla, el cirujano Alejandro Zerpa y el anestesiólogo Juan Manuel Farachi. En el decreto de imputación se describe, por separado, qué decisiones tomó cada uno y qué controles omitieron según la investigación, siempre vinculados al cuadro abdominal que presentó el joven desde su primera llegada al hospital hasta su muerte.

De acuerdo con el documento judicial, Herrera falleció luego de una sepsis generalizada producida por una peritonitis que se habría originado en una apendicitis aguda no resuelta en tiempo y forma. Para la fiscalía, ese desenlace estaría ligado a la atención médica brindada, que se analiza bajo los parámetros de la Lex Artis, es decir, las reglas de la buena práctica profesional.

En esta causa se analiza no solo el resultado final, sino también el paso a paso de la atención: qué se registró en la historia clínica, qué estudios se ordenaron, cuánto se demoró la cirugía y qué tipo de anestesia se aplicó. Todo esto es evaluado para determinar si existió responsabilidad penal por mala praxis en el ámbito hospitalario público de Tartagal.

La acusación no menciona fallas de infraestructura ni responsabilidades políticas, sino que se centra específicamente en las decisiones y omisiones atribuidas a los cuatro profesionales de la salud involucrados en la atención de Herrera.

Las primeras consultas y las presuntas fallas en la atención del joven

Según la imputación, el primer contacto de Agustín Herrera con el hospital Juan Domingo Perón fue con la médica clínica Araceli Gorgal. El joven llegó con dolores abdominales intensos y, tras revisarlo, la profesional habría indicado analgésicos, dieta y reposo, además de ordenar la colocación de un suero en la guardia por la magnitud del dolor que refería el paciente.

Sin embargo, el decreto resalta un punto clave: se señala que “en esta consulta, la Dra. Gorgal no describe su intervención con el paciente en la Historia Clínica, lo que constituye un incumplimiento con la Lex Artis”. Para los investigadores, la falta de registro adecuado implica que, desde el punto de vista médico legal, un paciente sin evolución asentada en su historia “es considerado como no revisado”.

El documento agrega que esto es especialmente grave cuando se trata de un paciente joven con signos de abdomen agudo y taquicardia, cuadro que requiere un seguimiento cercano. Allí se sostiene que, conforme a las normativas y protocolos, la ausencia de anotaciones clínicas formales contradice las reglas básicas de buena práctica profesional.

Al día siguiente, y ante la continuidad del dolor abdominal, sumado ya a episodios de fiebre, vómitos y diarrea, Herrera volvió al hospital. Esta vez fue atendido por el médico clínico Antonio Padilla, quien, según se detalla, recetó paracetamol, reliverán y reposo domiciliario.

No obstante, el decreto le adjudica a Padilla un accionar “alejado de la Lex Artis” por varios motivos: la supuesta falta de registros completos, la ausencia de control de parámetros vitales y la carencia de seguimiento médico durante las siguientes nueve horas, aun cuando el joven presentaba un cuadro compatible con abdomen agudo de posible resolución quirúrgica.

Derivación al cirujano y demora en la cirugía de urgencia

Con el correr de los días y sin que el cuadro mejorara, el adolescente regresó nuevamente al hospital. El decreto de imputación indica que en una de esas consultas, otra médica –no imputada– advirtió la gravedad del caso y decidió derivarlo de inmediato al servicio de cirugía, donde estaba de guardia el doctor Alejandro Zerpa.

Según la acusación, “el cirujano de guardia valoró al paciente con abdomen quirúrgico 10 horas después de haber asumido al paciente telefónicamente”. Además, se sostiene que, antes de entrar al quirófano, debían realizarse estudios prequirúrgicos básicos, como un electrocardiograma y una valoración preanestésica, los cuales, de acuerdo al escrito, Zerpa no habría gestionado.

Cuatro días después de las primeras consultas, y ya con dolores abdominales más intensos, Herrera fue finalmente internado. Se dispuso una cirugía de urgencia, aunque la imputación marca que la intervención se postergó hasta el lunes siguiente por una decisión conjunta de los médicos que participarían en la operación.

Pese a esa espera, el expediente remarca que el joven siguió cursando un cuadro de abdomen agudo y que su estado clínico fue empeorando. Para la fiscalía, esta demora es uno de los elementos que se consideran relevantes al analizar la supuesta mala praxis y la evolución hacia la sepsis generalizada.

El rol del anestesiólogo, la anestesia cuestionada y el fallecimiento de Herrera

La investigación también pone el foco en la participación del anestesiólogo Juan Manuel Farachi. Según el decreto, el 19 de octubre a las 19:00 se comenzó a preparar al paciente para la cirugía programada. Una hora después, “a las 20:00, el Dr. Farachi se hizo presente, y se llevó al joven al quirófano sin realizarle estudios previos”.

El texto judicial sostiene que “El Dr. Farachi no cumplió con la Lex Artis al administrar la anestesia sin los estudios básicos previos”. Además, se cuestiona el tipo de anestesia usado: de acuerdo con las guías nacionales e internacionales citadas en el expediente, la anestesia regional en la fase tardía del shock séptico está contraindicada porque puede agravar la hipotensión y generar complicaciones infecciosas o hemorrágicas.

Durante la intervención, el estado de salud de Herrera se deterioró de forma marcada. El escrito describe que el adolescente sufrió un paro cardiorrespiratorio con la primera anestesia, fue reanimado y se logró una estabilización inicial, pero falleció poco tiempo después.

Los investigadores vinculan ese resultado fatal con el proceso infeccioso de base: una peritonitis derivada de una apendicitis aguda que no fue tratada a tiempo. Este punto es central para sostener la acusación por homicidio culposo y por presunta mala praxis contra los cuatro profesionales del hospital.

El abogado penalista de Tartagal, Alexis Ramber Ríos, interviene en el expediente como querellante. Según recordó, con base en los informes del Cuerpo de Investigaciones Forenses (C.I.F.), Agustín Herrera murió el 20 de octubre a las 07:45 “debido a una falla multiorgánica como consecuencia de una sepsis originada en una apendicitis aguda no resuelta”.

Ríos señaló también que, de acuerdo con lo descripto en el decreto de imputación, si el adolescente hubiera recibido atención oportuna, la intervención habría sido la de una apendicitis simple. El expediente continúa su curso en la Justicia de Tartagal con los cuatro médicos formalmente imputados y a la espera de nuevas medidas probatorias.

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