Una madre deberá pagar una cuota alimentaria mensual por su hijo de 16 años, que vive de manera habitual con el padre. La Cámara de Apelaciones confirmó la obligación y fijó el aporte en el 30% del salario de la mujer. El fallo, seguido con atención también en Salta por su alcance familiar y judicial, remarcó que la asistencia económica no depende solo de quién convive con el adolescente, sino de la responsabilidad legal que tienen ambos progenitores frente a sus necesidades cotidianas.
La cuota alimentaria quedó fijada sobre el salario de la madre
El tribunal analizó la situación diaria del menor y tuvo en cuenta que el padre se ocupa de los gastos y cuidados vinculados con la alimentación, la educación, la salud y otros aspectos necesarios para su desarrollo.
Con esos elementos, los jueces entendieron que la mujer debía realizar una contribución periódica. Por eso, ratificaron que el monto de la cuota alimentaria será equivalente al 30% de su sueldo, según surge de la resolución.
El padre conviviente no es el único obligado a sostener al hijo
En sus fundamentos, la Cámara señaló que las obligaciones parentales alcanzan tanto a madres como a padres. Además, indicó que cada expediente debe revisarse según sus circunstancias concretas, sin establecer beneficios automáticos para ninguna de las partes.
El fallo también aclaró que la perspectiva de género no implica resolver siempre a favor de una persona por su condición, sino evitar desigualdades o situaciones discriminatorias dentro del proceso judicial.
Los aportes aislados no reemplazan una obligación mensual
Los magistrados remarcaron que colaboraciones puntuales, como comprar ropa, útiles escolares u otros elementos, no sustituyen una cuota alimentaria fijada por la Justicia.
La decisión tuvo como eje el interés superior del menor y confirmó que la madre deberá abonar el 30% de su salario en concepto de alimentos.

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