La exsenadora nacional Sonia Escudero analizó la eventual reelección de Gustavo Sáenz y afirmó que, según su interpretación, la Constitución no establece una objeción para que vuelva a competir por la gobernación. La integrante del Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta (FOCIS) fundamentó su postura en que no se incorporó una cláusula transitoria sobre el cómputo del mandato en curso.
En una entrevista con Jorge Calvo, Escudero indicó que ese criterio no se limitaría al caso de Sáenz. Según explicó, la misma lectura puede abarcar a intendentes, concejales, senadores y diputados que analicen una nueva postulación.
Reelección: la falta de una cláusula transitoria sostiene el planteo de Escudero
“Al no existir una cláusula, no hay objeción constitucional”, afirmó la abogada al referirse a la posibilidad de una candidatura del actual mandatario provincial. Escudero señaló que la convención constituyente no dejó establecido que el período actual deba considerarse como primer mandato a los efectos del límite previsto.
“Esta vez no se colocó la cláusula transitoria, hubo una negativa a colocarla, lo que significaba obviamente que era la negativa a que ese periodo en curso se contara como primer mandato a los efectos del límite”, detalló la integrante de FOCIS.
Como antecedente, Escudero mencionó la reforma constitucional nacional de 1994. “Cuando el constituyente quiso que el mandato en curso se cuente, así lo puso en una cláusula transitoria. Por ejemplo, a nivel nacional, cuando se permitió la reelección en 1994, el constituyente lo dijo”, expresó.
La convención citada estuvo integrada por 60 convencionales, distribuidos entre Gana Salta, Unidos por Salta, Frente de Todos, Juntos por el Cambio, UCR, Salta Para Todos, Frente Grande, Salta Independiente y Frente de Izquierda Unidad.

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