La Justicia penal de Salta concedió la suspensión de juicio a prueba a Oscar Sosa, un empleado de una óptica acusado de administración infiel, en una causa donde se lo investiga por el presunto desvío de más de 70 millones de pesos. La decisión incluye un esquema de reparación económica que combina un pago inmediato de varios millones y cuotas mensuales, además del cumplimiento de reglas de conducta y donaciones obligatorias. La medida fue tomada en una audiencia donde se discutieron las condiciones para otorgarle la llamada probation.
La decisión judicial y el pago inicial de millones
La resolución fue dictada por el juez Federico Diez, quien además homologó el acuerdo de reparación integral alcanzado entre la firma damnificada y el trabajador de la óptica. En la misma audiencia se establecieron los montos, plazos y exigencias que deberá respetar Sosa para mantener el beneficio de la suspensión de juicio a prueba.
De acuerdo con lo informado en el expediente, Sosa transfirió de manera inmediata 25 millones de pesos a favor de la empresa dedicada a la venta de artículos ópticos y de audiología. Este pago forma parte central del convenio acordado, que fue considerado por el magistrado al momento de avalar la probation en un caso marcado por el desvío de fondos presuntamente millonarios.
Además del desembolso inicial, el imputado se comprometió a abonar siete cuotas mensuales de un millón de pesos cada una, a partir de marzo, hasta completar el esquema de resarcimiento económico. Estas cuotas por varios millones en total se suman a otras obligaciones personales que quedaron registradas como condiciones para que el proceso penal quede suspendido mientras dure el plazo fijado por la Justicia.
La audiencia contó con la intervención del Ministerio Público Fiscal, representado por la auxiliar fiscal Paula Baccaro, quien actuó en base a una instrucción expresa de la fiscal penal interina de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio. En ese marco se discutieron las medidas de reparación y las reglas de conducta que debía asumir el acusado.
Obligaciones, donaciones y reglas de conducta fijadas por el tribunal
Como parte del paquete de medidas que acompañan la suspensión de juicio a prueba, el juez estableció que Sosa deberá cumplir una serie de reglas de conducta durante todo el plazo que dure el beneficio, entre ellas la prohibición de cometer nuevos delitos. El incumplimiento de estas exigencias podría dejar sin efecto la probation y reactivar el avance del proceso penal en su contra.
Dentro de esas obligaciones se incluyó una prestación concreta a favor del sistema de salud: el acusado deberá realizar donaciones mensuales de pañales al Hospital Público Materno Infantil, durante un año. Estas entregas deberán realizarse en forma periódica y comprobable, como complemento del plan de pagos millonario acordado con la empresa afectada.
Las donaciones al hospital se integran al conjunto de medidas fijadas por el tribunal, que también contemplan el respeto de las normas legales vigentes y la sujeción al control judicial mientras dure la suspensión. Según quedó asentado en la resolución, todas estas condiciones forman un mismo paquete vinculado directamente con el otorgamiento de la probation.
En paralelo, se dejó constancia de que el acuerdo económico fue aceptado por la parte denunciante, lo que permitió avanzar con la homologación judicial. De esta manera, la causa penal no se extingue, pero queda en pausa mientras se verifique el cumplimiento de los compromisos asumidos por el trabajador de la óptica.
Investigación por transferencias bancarias y desvío de millones
La causa se inició a partir de una denuncia presentada por el representante legal de la empresa, dedicada a la comercialización de productos ópticos y de audiología. En ese escrito se señaló a Sosa, encargado de manejar las cuentas bancarias de la firma, como responsable de movimientos de dinero sospechosos, lo que motivó la intervención de la UDEC.
Tras esa presentación, la Unidad de Delitos Económicos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) llevó adelante diversas tareas para reconstruir el circuito de los fondos. Los equipos especializados realizaron análisis de movimientos bancarios, pericias contables, relevamientos de documentación y cruces de información patrimonial, trabajos que permitieron identificar un patrón de transferencias presuntamente irregulares hacia cuentas vinculadas al empleado.
De acuerdo con las conclusiones incorporadas al expediente, entre junio de 2020 y febrero de 2025 el imputado habría ordenado transferencias desde cuentas de la compañía hacia cuentas de su titularidad por un monto superior a los 70 millones de pesos. Ese período y el volumen de dinero fueron consignados en los informes elaborados por el CIF y sumados a la imputación por administración infiel.
La presunta maniobra salió a la luz cuando Sosa se encontraba de licencia anual: la persona que quedó a cargo de sus tareas detectó una transferencia de 500 mil pesos desde la cuenta de la empresa hacia una cuenta personal del empleado. Luego de que el movimiento fuera consultado, el imputado no logró ofrecer una justificación y, posteriormente, no regresó a su puesto de trabajo.
El análisis patrimonial anexado a la causa mostró un incremento de bienes y movimientos de dinero que no se correspondían con los ingresos declarados por Sosa como empleado de comercio de media jornada. Ese contraste fue uno de los elementos valorados por los investigadores al sustentar la acusación, que ahora quedó supeditada al cumplimiento del acuerdo de reparación y de las condiciones de la suspensión de juicio a prueba.

