Donación de sangre: el Gobierno fijó nuevas reglas para todo el sistema

La resolución también modifica criterios para aceptar donantes, elimina el ayuno previo y ordena una reorganización del sistema de sangre.

La donación de sangre en el país quedó alcanzada por una nueva normativa que elimina el esquema de reposición ligado a un paciente y establece un modelo “100% voluntaria y habitual”. La medida fue oficializada por el Gobierno nacional a través de la resolución 536/2026 del Ministerio de Salud, que entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, el 1 de mayo de 2026 a las 19:17. Además, la disposición fija hasta dos años para que las instituciones adapten sus cambios técnicos, tecnológicos y estructurales.

Con esta actualización, ya no se podrá pedir a pacientes o familiares que consigan donantes como condición para recibir atención médica o para una cirugía, salvo que exista una justificación terapéutica puntual. Al mismo tiempo, la resolución introduce cambios en la selección de donantes, en la preparación previa a la extracción y en la organización general de los servicios de hemoterapia del país.

La donación de sangre deja atrás la reposición como regla general

Uno de los cambios centrales de la resolución es la salida del sistema de reposición, que hasta ahora estaba asociado a una persona internada o a un paciente determinado. Desde la cartera sanitaria nacional explicaron que ese mecanismo queda reemplazado por la donación voluntaria y habitual.

La norma, según se informó oficialmente, “prohíbe explícitamente condicionar la atención médica o las cirugías a la presentación de donantes por parte del paciente o sus familiares”. A la vez, aclara que las donaciones dirigidas a una persona en particular solo estarán permitidas cuando haya una razón terapéutica que lo justifique.

En ese marco, el Ministerio de Salud sostuvo que el nuevo esquema apunta a evitar que la búsqueda de sangre recaiga sobre pacientes y familias. También señaló que el donante voluntario y frecuente presenta menor prevalencia de infecciones transmisibles, un punto que fue mencionado como parte del fundamento de la medida.

La reposición no fue el único cambio: también cambian los requisitos

La resolución nacional además modifica el criterio para aceptar o diferir donantes. A partir de ahora, deja sin efecto la exclusión de grupos poblacionales completos considerados de riesgo y dispone que la evaluación se haga sobre conductas concretas del donante y sobre evidencia científica disponible.

Dentro de ese nuevo enfoque, se contemplan prácticas sexuales determinadas o el uso de drogas como variables a analizar al momento de definir si una persona puede donar o si debe esperar un tiempo antes de hacerlo. El texto oficial también redefine varios plazos de diferimiento vinculados con factores de riesgo.

Entre esos casos, el comunicado indicó: “Se difiere la donación por seis meses para quienes hayan tenido una nueva pareja sexual o más de una pareja sexual en los últimos tres meses y hayan tenido relaciones sexuales anales, hayan utilizado estrategias orales de profilaxis de preexposición o postexposición, se haya realizado tatuajes, piercings o procedimientos estéticos invasivos, o hayan permanecido en instituciones penales por más de 72 horas”.

El Gobierno nacional ordenó cambios en la extracción y en la red de sangre

Otro punto incluido en la norma tiene que ver con las condiciones previas a la extracción. Se eliminó el ayuno como requisito y, en su lugar, se recomendó tomar al menos 500 mililitros de agua o bebidas con sales media hora antes de donar. Esa modificación forma parte de la actualización general del proceso de donación y transfusión.

Por otra parte, la resolución apunta a reorganizar el Sistema Nacional de Sangre con una red integrada, con procesos coordinados, trazabilidad y mayor capacidad de respuesta. En ese esquema se refuerza la función de los Centros Regionales de Hemoterapia y se dispone la desactivación progresiva de los bancos de sangre intrahospitalarios.

La disposición suma además lineamientos regulatorios para el procesamiento de terapias celulares y de componentes especiales, entre ellos el Plasma Rico en Plaquetas y el Suero Autólogo Oftalmológico. La resolución 536/2026 fue publicada el 1 de mayo de 2026 a las 19:17 y rige desde esa misma publicación en el Boletín Oficial.

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