La condena por abuso sexual le llegó después de años de silencio

Un hombre recibió 10 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante contra dos mujeres que declararon sobre hechos sufridos desde niñas.

Un hombre fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por abuso sexual gravemente ultrajante contra dos mujeres, según se informó tras la audiencia de cesura realizada este viernes. La decisión fue dictada por la jueza María Gabriela González, luego de declararlo responsable por hechos cometidos contra una mujer y una adolescente, quienes señalaron que los ataques empezaron cuando eran niñas y se extendieron durante varios años. En la audiencia intervino la fiscal penal interina 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Celina Morales Torino, en representación del Ministerio Público Fiscal.

Además de la pena de prisión efectiva, la magistrada dispuso que el condenado sea incorporado al Registro Provincial de Condenados vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, conforme a la Ley Provincial N° 7775. La sentencia se conoció después de que el tribunal analizara la prueba producida durante el debate oral.

La pena de prisión se definió tras testimonios y pericias 

Para resolver el caso, la jueza tuvo en cuenta los relatos de las damnificadas, declaraciones de personas cercanas y la exposición de profesionales que evaluaron las consecuencias psicológicas y emocionales derivadas de los hechos. De acuerdo con lo señalado en la audiencia, ese conjunto de pruebas fue central para establecer la responsabilidad del acusado.

Durante su alegato final, Celina Morales Torino sostuvo que el hombre aprovechó la confianza que tenía con el entorno familiar y una situación de especial vulnerabilidad para acercarse a las víctimas. Según detalló, ese vínculo le permitió ingresar con frecuencia al ámbito íntimo donde, de acuerdo con la acusación, ocurrieron los abusos.

La representante del Ministerio Público Fiscal también remarcó que este tipo de delitos suele ocurrir en espacios privados y sin testigos directos. Por eso, explicó que el testimonio de las víctimas adquiere un valor central cuando se lo examina junto con otros elementos del expediente y bajo las reglas de la sana crítica racional.

El abuso fue denunciado después de que una de las víctimas pudiera contar lo que había vivido

Una de las mujeres declaró que los hechos comenzaron cuando tenía 9 años y continuaron hasta los 18. En su relato, indicó que el acusado era amigo de su hermano y que, a partir de un deseo expresado por él antes de morir, pasó a ser su padrino. Esa cercanía hizo que el hombre se integrara a la dinámica familiar y tuviera acceso frecuente a la vivienda.

La mujer contó que, en ese tiempo, su familia atravesaba una situación muy delicada por una pérdida reciente. También explicó que durante años no habló por miedo a las amenazas del acusado y por la preocupación que le generaba el estado de salud de sus padres. Recién a los 22 años pudo exteriorizar lo sucedido.

Según su declaración, la decisión de denunciar llegó después de que una sobrina le comentara episodios parecidos con el mismo hombre. Tras enfrentarlo, avanzó con la presentación formal que dio inicio a la investigación judicial.

Dos mujeres relataron hechos ocurridos desde la niñez y una de ellas declaró por CCTV

La segunda víctima brindó testimonio mediante Circuito Cerrado de Televisión (CCTV). Allí afirmó que fue sometida por el condenado a conductas que vulneraron su integridad sexual desde los 6 hasta los 13 años. Su declaración formó parte de la prueba evaluada durante el juicio.

En el debate también se escuchó a profesionales que participaron de las entrevistas y evaluaciones de ambas damnificadas. Esos especialistas señalaron que los relatos no mostraban indicadores de mendacidad y que resultaban compatibles con secuelas observadas habitualmente en víctimas de delitos contra la integridad sexual.

A eso se sumaron testimonios de personas del entorno, quienes hablaron sobre cambios de conducta advertidos con el paso del tiempo, dificultades en el rendimiento escolar y situaciones de temor. En uno de los casos, se indicó que la adolescente tenía miedo de ir a la casa de sus abuelos, un lugar al que el acusado concurría de manera frecuente.

Durante la audiencia, además, la Fiscalía describió el impacto que los hechos tuvieron en la salud mental y en el desarrollo emocional de ambas víctimas. Los profesionales que declararon señalaron que las secuelas afectaron distintas áreas de sus vidas, entre ellas los vínculos sociales, el desempeño escolar y conductas autolesivas. Finalmente, la jueza María Gabriela González impuso la condena de 10 años de prisión efectiva y ordenó la inscripción del hombre en el registro provincial correspondiente.

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