Concejal de Rosario de Lerma atacó a Diario del Valle por informar una denuncia contra ella

La concejal enfrenta una denuncia ante el Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados de Salta por presuntas incompatibilidades en el ejercicio de la profesión.

La concejal kirchnerista Camila Jorge eligió cargar contra Diario del Valle después de que este medio informara un dato simple, objetivo y verificable: existe una denuncia ética y disciplinaria presentada en su contra ante el Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados de Salta. ¿Qué era exactamente lo falso? ¿Que la denuncia fue presentada? ¿Que la ley sigue vigente? ¿O que el problema jurídico que hoy la rodea es bastante más serio de lo que intenta admitir?

El expediente no nació de una “operación mediática”, sino de una presentación formal del abogado Rodrigo Franco Anachuri, quien pidió que se investigue si Jorge siguió ejerciendo como abogada pese a haber asumido como concejal el 10 de diciembre de 2025. Dicho pedido habría nacido a causa de la increíble asimetría de poder y aparente competencia desleal en los tribunales cuando quien litiga es un funcionario público de alto rango. La denuncia, por su parte, además menciona que su matrícula profesional seguía activa y cita como caso testigo una actuación pública en el Juzgado de Familia N° 5. Eso no es una opinión: es el contenido del escrito presentado ante el Tribunal.

El problema de fondo no es diariodelvalle.com.ar. El problema para la concejal denunciada es la mismísima Ley Provincial 7204, una norma plenamente vigente que prohíbe a legisladores, concejales y funcionarios comprendidos por la ley “representar o patrocinar” a terceros ante los poderes públicos de la Provincia o de sus municipios. La información jurídica oficial de la provincia puede consultarse en el Boletín Oficial de Salta, y en el SAIJ que es, además, el sistema oficial de información jurídica dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación. Entonces, ¿de verdad la concejal pretende discutir con el mensajero en vez de discutir con la ley y cumplirla?

Y hay un dato todavía más incómodo para cualquier intento de relativizar esta incompatibilidad: la ley quisieron derogarla y no pudieron. En 2009, el entonces gobernador Urtubey vetó totalmente el proyecto que buscaba eliminarla, y en ese mismo decreto dejó asentado que la Corte de Justicia de Salta había convalidado su constitucionalidad al rechazar los cuestionamientos en su contra en la afamada acción de amparo interpuesta por el doctor y diputado MC Martinelli. Es decir: no estamos frente a una norma dudosa, oscura o “discutible” en términos elementales. Estamos frente a una regla vigente, defendida institucionalmente y respaldada por antecedentes judiciales.

Por eso llamó tanto la atención la respuesta pública de Camila Jorge. En vez de explicar con precisión técnica por qué esa incompatibilidad no la alcanzaría, eligió el camino del enojo, la victimización y el ataque al medio. ¿No leyó la norma? ¿La leyó y no la entendió? ¿O la entendió demasiado bien y por eso decidió desviar el foco? Lo que mostró fue, como mínimo, un desconocimiento técnico alarmante y una defensa jurídicamente floja que pondría los pelos de punta a cualquier alumno de primer año de la carrera de abogacía. Porque en estos casos no alcanza con indignarse frente a una cámara: hay que explicar por qué una prohibición legal expresa hacia una funcionaria pública no operaría. Y esa explicación, hasta ahora, no apareció. Recordemos que la entera discusión radica, en este caso particular, por el no menor detalle que la obligada es una funcionaria pública.

La cuestión, además, no se agota en una eventual sanción sobre la matrícula. A medida que avance el trámite, también se analizará si las actuaciones profesionales que haya realizado mientras ejercía la concejalía pueden quedar expuestas a cuestionamientos, revisiones o incluso planteos de nulidad de sus actuaciones como abogada. ¿En caso de ser sancionada por incompetencia en el ejercicio de la función por la aparente incompatibilidad, los actos jurídicos llevados a cabo por la abogada (demandas, cartas documentos, convenios de mediacion, etc.) serán nulos? Ese punto todavía no está resuelto, pero ya quedó abierto por la propia naturaleza del conflicto: primero deberá determinarse si existió incompatibilidad y con qué alcance. Ese análisis inicial lo tendrá que hacer el Tribunal de Ética, y a partir de allí podría abrirse una discusión mucho más delicada sobre los expedientes en los que intervino.

En otras palabras: no hay “verdad periodística” que inventar cuando hay una denuncia concreta, una ley vigente, un veto oficial que ratificó su pretendida derogación por parte de la legislatura y antecedentes judiciales que la sostuvieron. Lo que incomoda no es que Diario del Valle haya informado. Lo que incomoda es que el tema tenga una gravedad jurídica imposible de tapar con un video tardío o con un ataque nervioso al periodismo.

Porque al final del día la pregunta sigue intacta, brutal y técnicamente simple: si la ley prohíbe, ¿por qué siguió actuando? Y si no hay una respuesta jurídica seria, entonces el problema no es un diario digital. El problema es la incompatibilidad y la posible sanción de la suspensión de la matrícula.

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