Cinco caballos que se encontraban sueltos en calles del barrio Villa Los Álamos, en Cerrillos, fueron retirados por la Sección Caballería y trasladados a resguardo, en un procedimiento que quedó bajo la órbita de la Fiscalía Penal de Cerrillos y que se encuadra en las sanciones previstas por la Ley Provincial 8495 para animales en la vía pública.
Cinco caballos que caminaban sin control por la vía pública en el barrio Villa Los Álamos, en Cerrillos, fueron retirados por personal de la Sección Caballería y llevados a la base de la unidad para su resguardo. La Fiscalía Penal de Cerrillos tomó intervención para identificar a los dueños de los caballos y definir las notificaciones correspondientes, en el marco de la Ley Provincial 8495, que endurece las sanciones por animales sueltos en calles y rutas de Salta.
Operativo en Villa Los Álamos y actuación de la Fiscalía Penal
De acuerdo con la información oficial, la Sección Caballería realizaba recorridas preventivas en Cerrillos cuando detectó a los cinco caballos desplazándose sin custodia por distintas calles del barrio Villa Los Álamos. Los efectivos procedieron al secuestro preventivo de los caballos y los trasladaron a la base para garantizar su resguardo, siguiendo los pasos previstos en los protocolos vigentes.
El procedimiento incluyó la carga y el transporte de los animales hasta las instalaciones de la unidad, donde quedaron alojados en un sector destinado al cuidado de caballos retenidos. Allí se los mantendrá hasta que se determine quiénes son sus propietarios y se cumplan las exigencias legales para un eventual retiro.
En paralelo, se dio intervención a la Fiscalía Penal de Cerrillos, que quedó a cargo de las actuaciones. Desde esa dependencia se inició la investigación para establecer la identidad de los dueños de los caballos y avanzar con las notificaciones formales, así como con la evaluación de las eventuales responsabilidades por haber dejado a los animales en la vía pública.
Fuentes vinculadas a la causa señalaron que las actuaciones se encuadran en la normativa provincial que regula la presencia de animales sueltos, tanto en ámbitos urbanos como rurales. En este caso, el foco está puesto en determinar cómo llegaron los caballos a circular sin control por el barrio y qué medidas de resguardo existían previamente.
Ley 8495: fuertes multas, arresto y decomiso por caballos sueltos
El episodio registrado en Cerrillos se suma a una serie de intervenciones similares en distintas zonas del Valle de Lerma, donde la presencia de caballos, equinos en general y ganado suelto en calles y rutas viene siendo motivo de preocupación por su relación con siniestros viales. La Ley Provincial 8495 fue sancionada justamente para desalentar la circulación de caballos y otros animales sin control en espacios públicos, mediante un esquema de sanciones económicas y medidas complementarias.
Dentro de ese régimen, uno de los puntos centrales son las multas. La norma fijó montos elevados desde la primera infracción y estableció incrementos para el caso de ganado mayor, entre ellos caballos y vacunos. En julio de 2025, los valores de referencia comenzaron en $420.000 por cada animal retenido, a lo que se suman los costos diarios de manutención mientras dure el secuestro administrativo.
Además de las sanciones económicas, la ley contempla respuestas de tipo penal o contravencional para situaciones agravadas. Si debido a caballos sueltos o a otros animales se generan daños, o si se verifica reincidencia del mismo propietario, la normativa prevé la posibilidad de imponer arresto de entre 30 y 60 días o, en su defecto, la realización de trabajo comunitario, según lo que disponga la autoridad competente en cada expediente.
El esquema legal también obliga a los dueños de caballos y de otros animales a afrontar todos los gastos de cuidado mientras dure la retención. La alimentación, el mantenimiento y el resguardo durante los días que el animal permanece en depósito se calculan, como referencia, con el criterio de dos días de multa por cada jornada de permanencia.
Decomiso, subastas y plazos para retirar los caballos retenidos
La Ley 8495 incluyó, además, la figura del comiso de los caballos y del resto del ganado cuando el propietario no cumple los plazos legales. Si el dueño no gestiona el retiro del animal dentro de los cinco días hábiles posteriores a ser notificado, la autoridad puede disponer el decomiso y la posterior subasta pública, una vez completadas las instancias administrativas establecidas.
Para los casos en los que ya se concretó el secuestro de caballos o se labró un acta de infracción, la norma fija una serie de pasos que los propietarios deben seguir. Primero, se otorga un plazo de cinco días desde la notificación para presentarse ante la autoridad competente, pagar la multa, cubrir los costos de manutención acumulados y retirar al animal, siempre que no exista impedimento legal.
Como complemento, la ley apunta a ordenar la convivencia entre áreas rurales y urbanas. Incentiva que los dueños de caballos coloquen cercos adecuados, refuercen los sistemas de control permanente y adopten medidas de manejo diario que reduzcan la posibilidad de que los animales vuelvan a salir a la calle. También se promueve el uso de canales de denuncia accesibles para que vecinos y conductores informen rápidamente la presencia de animales sueltos en la vía pública.
El operativo desarrollado en Cerrillos, con el secuestro de cinco caballos en Villa Los Álamos y la intervención de la Fiscalía Penal de la jurisdicción, quedó formalmente enmarcado en esta política de controles prevista por la Ley Provincial 8495.

