Casación reabrió la causa por la represión a jubilados y apartó a jueces federales

El tribunal revisó el expediente, cuestionó el cierre previo y dispuso que la investigación siga sobre todos los posibles responsables.

La Cámara Federal de Casación Penal anuló el cierre de la causa por la represión contra jubilados durante una marcha frente al Congreso, ordenó nuevas medidas para profundizar la investigación y resolvió apartar a los jueces federales que habían intervenido. La decisión alcanzó a un expediente que había sido archivado y ahora volverá a moverse con el objetivo de determinar responsabilidades. El fallo tomó en cuenta, entre otros puntos, registros audiovisuales y cuestionó tanto el impulso del archivo como la respuesta judicial que tuvo el caso.

La represión a jubilados volverá a ser investigada

La resolución fue firmada por la Sala II de Casación, integrada por Alejandro W. Slokar, Angela E. Ledesma y Guillermo J. Yacobucci. El tribunal hizo lugar al planteo presentado por la querella de Adolfo Pérez Esquivel, con patrocinio de María del Carmen Verdú, según surge del fallo.

Con esa decisión, quedó sin efecto el archivo de la causa que analizaba lo ocurrido durante una manifestación de jubilados frente al Congreso. Además, se dispuso avanzar con nuevas medidas de prueba para seguir la pesquisa sobre todos los responsables que puedan surgir del expediente.

En ese mismo pronunciamiento, Casación resolvió apartar a los jueces federales Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, que habían intervenido en el caso. De ese modo, la investigación deberá continuar sin la participación de esos magistrados.

El fallo cuestionó el cierre previo y el rol de jueces federales

Entre los elementos valorados por el tribunal aparecieron registros audiovisuales difundidos por TN. Según se indicó en la resolución, esas imágenes mostraron el accionar policial sobre manifestantes jubilados que no ofrecían resistencia.

El voto de Slokar señaló que el operativo de seguridad no funcionó como garantía de derechos constitucionales vinculados con la libertad de expresión y de reunión. Por el contrario, sostuvo que se convirtió en un obstáculo sin justificación para el ejercicio de esos derechos y para el uso de la fuerza.

También advirtió sobre un “paradigma de combate” en las fuerzas de seguridad. En esa línea, remarcó que los hechos de violencia estatal sobre sectores vulnerables generan un “efecto desaliento” con impacto sobre el debate público y la democracia.

Qué dijeron los camaristas sobre la investigación

Slokar recordó estándares fijados por la Corte y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que obligan a investigar episodios de violencia contra manifestantes pacíficos y a evitar situaciones de impunidad. Ese fue uno de los ejes centrales para dejar sin efecto el cierre del expediente.

Ledesma acompañó ese voto y además cuestionó la intervención del fiscal de origen, Eduardo Taiano. Según sostuvo el tribunal, el impulso que llevó al archivo fue arbitrario. En cambio, Yacobucci votó en disidencia y entendió que el recurso presentado era inadmisible.

La resolución también advirtió que la falta de control judicial frente a excesos represivos puede provocar un deterioro del sistema democrático y desalentar la participación ciudadana. El fallo fue publicado el 9 de mayo de 2026 en el apartado Judiciales.

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