El Gobierno nacional oficializó este jueves el bono de julio para jubilados y otros beneficiarios de la ANSES. La medida salió en el Boletín Oficial a través del Decreto 532/2026 y fija un refuerzo de hasta $70 mil para quienes cobran el haber mínimo, además de otras prestaciones contributivas y no contributivas. Con este pago extra, el ingreso mínimo total pasará a $481.787,67. También alcanza a la PUAM y a distintas pensiones, con montos definidos según cada caso.
Según el texto oficial, el bono sigue sin cambios desde marzo de 2024. El decreto fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. En los fundamentos, se indicó que el adicional busca sostener el poder de compra de los haberes previsionales.
Bono de julio: a quiénes alcanza el refuerzo
La disposición incluye a titulares de prestaciones previsionales de la ANSES. Entre ellos aparecen las jubilaciones, las pensiones contributivas y no contributivas, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las pensiones por vejez, por invalidez o para madres de siete hijos o más.
De acuerdo con lo informado en el decreto, el pago extraordinario será de hasta $70 mil para quienes perciben el haber mínimo. De esa manera, el bono de julio vuelve a aplicarse sobre un grupo amplio de beneficiarios del sistema previsional nacional.
Jubilados: cómo quedan los montos con la medida oficializada
Con la aplicación de este refuerzo, el haber mínimo total ascenderá a $481.787,67. En el caso de la PUAM, el monto quedará en $399.430, mientras que la pensión por invalidez laboral será de $358.251.
Además, el decreto recordó que, a partir del Decreto 274/24, la fórmula de movilidad jubilatoria fue modificada y dispuso la actualización mensual de los haberes previsionales desde julio de 2024, de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el INDEC.
En los considerandos, el texto oficial señaló que el pago adicional apunta a “mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra”.

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