La ANMAT prohibió en todo el país la elaboración, venta, uso y distribución de varios productos sin respaldo sanitario, entre ellos tres opciones de protector solar, artículos de limpieza para el hogar y una partida falsificada del medicamento Dysport. Las medidas fueron publicadas mediante tres resoluciones y alcanzan también la oferta por internet, según cada caso. El organismo indicó que no pudo comprobar la procedencia, la composición ni las condiciones de fabricación de los productos observados.
Las disposiciones comprenden cosméticos de origen chino encontrados durante controles en comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, productos domisanitarios sin inscripción y una unidad de toxina botulínica con datos que no coinciden con los registros oficiales. La intervención sobre Dysport incluye el lote P22179, con vencimiento 12/2028.
Protector solar: cuáles son las marcas alcanzadas por la medida
La Resolución 4300/2026 ordenó sacar del mercado tres protectores solares sin registros sanitarios verificables. Los artículos identificados son “COLLAGEN – Nourish skin UV protective SPF60++ sunscreen serum”, de la marca KARITÉ; “Sunscreen cream SPF50”, de KISS BEAUTY; y “ANTHELIOS XL 50+ SPF”, de MISS VANESA.
La ANMAT señaló que los tres productos son de fabricación china y que sus etiquetas no contienen inscripción sanitaria. Además, al revisar sus bases de datos, el organismo no halló registros vigentes que coincidieran con la información identificatoria presente en los envases. Por esa razón, no se puede establecer de manera oficial cuál es su composición ni bajo qué condiciones fueron elaborados.
La detección se produjo durante inspecciones realizadas el 15 de mayo en locales comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El procedimiento estuvo a cargo de personal del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, área dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud.
Durante los controles, los comercios no presentaron papeles que permitieran acreditar el origen de los protectores solares. Tampoco aportaron folletos oficiales u otros elementos vinculados con esos productos. Esa falta de documentación llevó a la intervención de la autoridad sanitaria nacional.
La prohibición también alcanza las ventas por internet
La restricción no se limita a las tres presentaciones encontradas, sino que abarca todos los cosméticos de las marcas KARITÉ, KISS BEAUTY y MISS VANESA. La medida incluye cualquier tamaño o formato comercializado bajo esas marcas, hasta que sus responsables regularicen la situación conforme a las exigencias sanitarias vigentes.
La disposición impide fabricar, utilizar, distribuir, comercializar y publicitar esos productos dentro de Argentina. A la vez, alcanza a las plataformas de comercio electrónico, por lo que no pueden ser ofrecidos ni adquiridos por canales digitales mientras continúe vigente la prohibición de la ANMAT.
ANMAT también prohibió limpiadores sin inscripción sanitaria
La Resolución 4297/2026 dispuso restricciones para tres productos domisanitarios que no cuentan con inscripción ante la ANMAT. Se trata de las tabletas descalcificadoras marca SMOL, el limpiador para lavarropas UPROOT CLEAN y el limpiador de bachas y desagües TURBO DESAGÜE.
La prohibición se aplica a todas las etapas de circulación de estos artículos: fabricación, uso, publicidad, distribución y comercialización. Según lo informado, ningún lote de esos productos puede estar disponible en el país mientras no se regularicen las inscripciones correspondientes.
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud informó que los artículos no poseen registro sanitario nacional. También advirtió que no existe un establecimiento responsable habilitado ante la autoridad sanitaria para esos productos.
De acuerdo con el organismo, la ausencia de inscripción y de un responsable habilitado impide contar con datos verificables sobre las condiciones de manufactura. La vigencia de la medida queda atada a que los responsables acrediten la habilitación exigida y completen la regularización ante la ANMAT.
El lote de Dysport que fue confirmado como falsificado
La ANMAT prohibió de forma inmediata el uso, la distribución y la venta del producto “Dysport 500 IPSEN” correspondiente al lote P22179, con vencimiento 12/2028. La decisión fue formalizada a través de la Resolución 4394/2026, luego de que el organismo confirmara que la partida observada era falsificada.
El caso fue comunicado por GALDERMA ARGENTINA SA, identificada como titular del legítimo DYSPORT® en el país. La firma reportó la presencia en el mercado local de una unidad presuntamente falsa, situación que derivó en tareas de fiscalización y en el análisis de sus características.
Entre las irregularidades, se detectó que el producto tenía etiquetas y un estuche secundario escritos en inglés. También carecía del logotipo de la empresa autorizada en Argentina. La ANMAT precisó que el número de lote P22179 no corresponde a ninguna partida registrada oficialmente.
Según informó el organismo, “el producto falsificado fue identificado por poseer envases en inglés y carecer de los elementos de identificación exigidos para los medicamentos comercializados legalmente en Argentina”. La detección derivó en una alerta sanitaria y en el inicio de una denuncia penal.
Dysport es un medicamento de venta bajo receta
Dysport contiene toxina botulínica tipo A y requiere condiciones estrictas de calidad y esterilidad. Se presenta como polvo liofilizado para aplicación mediante inyección intramuscular o subcutánea, por lo cual su uso se encuentra sujeto a protocolos de trazabilidad y seguridad.
El medicamento se utiliza en tratamientos como blefarospasmo, espasmo hemifacial, tortícolis espasmódica y espasticidad posterior a un accidente cerebrovascular. También puede emplearse en procedimientos estéticos para la corrección de arrugas glabelares. La prohibición alcanza específicamente al lote P22179 con vencimiento 12/2028.

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